Los sistemas no adversariales de resolución de conflictos en la legislación cooperativa autonómica

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Publicado 21-10-2011
José Luis Argudo Périz

Resumen

De los mecanismos de resolución alternativa de conflictos, el más tratado de ellos ha sido el arbitraje, en general y en el ámbito cooperativo. Pero en las ADR (o RAC) van ganando en importancia e implantación otros procesos, como el ya conocido de la conciliación o el más reciente de la mediación, autocompositivos y no adversariales. Son muy adecuados para la gestión y resolución de conflictos en el ámbito de las organizaciones cooperativas, pero tienen escaso desarrollo legislativo. La normativa cooperativa autonómica ha dado ya los primeros pasos, contemplando realidades distintas, diversidad en los modelos organizativos y constatando diferentes fases de evolución y consolidación, de lo que, sin duda, será un extenso desarrollo futuro en el ámbito y contexto de las organizaciones cooperativas.

Cómo citar

Argudo Périz, J. L. (2011). Los sistemas no adversariales de resolución de conflictos en la legislación cooperativa autonómica. GIZAEKOA - Revista Vasca De Economía Social, (2). https://doi.org/10.1387/reves.3296
Abstract 628 | PDF Downloads 8425

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Sección
Estudios