PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA LA CONCILIACIÓN VÍCTIMA-INFRACTOR CONTEMPLADA EN LA LEY ORGÁNICA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL MENOR 5/2000
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Laburpena
Desde la entrada en vigor de las soluciones extrajudiciales en el ámbito de la justicia juvenil, surge la necesidad de crear protocolos de actuación válidos y homogéneos, que sirvan de guía a los profesionales implicados tanto en el proceso de mediación en general, y en cada una de sus fases de implementación en particular. Entre las diferentes modalidades de medidas extrajudiciales propuestas en la actual Ley del menor, una de las más utilizadas en Justicia juvenil es la mediación víctima infractor o conciliación. Debido a la proliferación de argumentos a favor de su uso, en este trabajo se consideran aquellas posibles variables predictoras para el éxito de la conciliación (fruto de la experiencia práctica realizada en el Juzgado de Menores de Castellón), y se propone además, un protocolo de actuación que sirva como guía a los profesionales que trabajan con este colectivo. El protocolo de actuación se estructura en cuatro fases diferenciadas, desde la fase de contacto entre las partes hasta la valoración final del proceso de mediación, haciendo especial hincapié en todos los procesos y particularidades que debe de tener en cuenta el profesional. Asimismo, se adjunta un documento simbólico a modo de ejemplo que daría constancia de los acuerdos llevados a cabo y de las disculpas y compromisos alcanzados en la conciliación.
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