El Derecho constitucional de la plurinacionalidad

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Publicado 20-06-2024
Miguel Herrero de Miñón

Resumen

El tema de nuestro tiempo es la revalorización de las identidades como a priori de los derechos fundamentales. Si bien existen múltiples polos de identificación, el principal de todos ellos es en la actualidad la comunidad nacional que cabe definir como la voluntad de vivir juntos porque hay razones objetivas para ello. Esto es, las naciones no pueden inventarse. El fermento de su versión moderna, el principio de las nacionalidades consiste en la progresiva toma de conciencia de esos factores objetivos, constitutivos de la identidad. Dicho principio tiene dos formulaciones. Una radical que identifica nación y Estado y otra, favorable a los estados plurinacionales. Atendiendo exclusivamente a esta segunda se examinan tres pares de categorías: universitas ordinata e inordinata, según se componga la sociedad de cuerpos sociales o de individuos; magnitudes extensas, susceptibles de medida y división, e intensas, susceptibles de ser sentidas; reconocimiento (de una existencia diferenciada) y autonomía, relativa a la descentralización de las decisiones. A partir de tales categorías se analizan tres modelos de tratamiento de la plurinacionalidad: el federalismo, simétrico o asimétrico; los fragmentos de estado y las vías de colaboración entre las partes de una nación dividida.

Abstract 13 | PDF Downloads 8

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Keywords

Derecho constitucional, Constitución española, Estatutos de Autonomía, Plurinacionalidad, Nacionalidades, Identidad

Sección
Artículos