La igualdad efectiva entre mujeres y hombres en las condiciones de seguridad y salud en el trabajo: la obligada atención al sexo en la garantía de una protección eficaz de las mujeres trabajadoras
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Resumen
En este trabajo se pretende poner de manifiesto, en primer lugar, que proporcionar a las mujeres trabajadoras un nivel de eficacia en la protección de su vida, de su integridad física y psíquica y de su salud en el trabajo constituye una obligación del empresario que tiene un doble fundamento normativo: por un lado, el derecho laboral inespecífico a la igualdad y la no discriminación por razón de sexo; y, por otro, el deber impuesto a todo empresario de garantizar a todos sus trabajadores una protección «eficaz» en materia de seguridad y salud en el trabajo. A continuación, se trata de concretar cómo se puede llegar a conseguir que las mujeres trabajadoras lleguen a desarrollar su prestación profesional de servicios en unas condiciones tan seguras y saludables como las de sus compañeros de trabajo varones. La premisa de partida es la de que hombres y mujeres son diferentes desde todos los puntos de vista: físico, psíquico y cultural, y que tales diferencias influyen en su susceptibilidad a los riesgos profesionales y, en consecuencia, deben ser tenidas en cuenta a las hora de adoptar las medidas preventivas.
Cómo citar
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