Tribunales económico-administrativos y Justicia Administrativa
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Resumen
1. Adecuado modelo de control interno de legalidad a través de órganos administrativos independientes (como los tribunales económico-administrativos). 2. El borrador de Ley de Eficiencia de la JCA se apoya en la experiencia previa de los tribunales económico-administrativos y pretende la reducción de la litigiosidad contenciosa mediante la creación de «comisiones administrativas independientes» en distintos sectores de la actividad administrativa (nuevo art. 107.5 de la Ley 30/1992). 3. A partir del nuevo art. 107.5 de la Ley 30/1992 se podría plantear una nueva regulación para garantizar el mérito, la capacidad, la idoneidad y la independencia funcional de los vocales de los tribunales económico-administrativos. También habría lugar para regular los mandatos de los vocales (mínimo de seis años) y para introducir causas tasadas de remoción, así como la supresión, por innecesario, del recurso de reposición potestativo y la suspensión automática en vía económico-administrativa, que habría de resolverse en plazos más estrechos.
Cómo citar
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