La condición jurídica de la mujer en el Derecho Civil-Foral de Bizkaia
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Resumen
La mujer –dentro de la familia y la sociedad en Bizkaia– ocupa un lugar preeminente, que se traduce en una plena equiparación con el marido y hermanos. Participa por igual con el marido en los bienes del matrimonio y tiene con éste hermandad y compañía de todos sus bienes, de manera que el marido requiere del consentimiento de la mujer para disponer de los mismos válidamente. En caso de disolución del matrimonio a causa de la muerte del marido, si se confirieron alkar poderoso, la mujer adquiere el usufructo universal de los bienes, y adicionalmente puede disponer de la herencia de su marido y elegir en su nombre un sucesor/a de sus bienes. Asimismo –en base al principio de libertad de elección de sucesor– la mujer puede ser elegida como sucesora del patrimonio familiar, desplazando el principio de masculinidad o progenitura propio de otros sistemas. Los aspectos descritos y otros complementarios se analizan a la luz de los Fueros de Bizkaia (XV-XVI) y de los documentos notariales y judiciales (XVII-XIX), extraídos de los Archivos Históricos de Bizkaia.
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Vasconia, Fueros, Documentos, Archivos Históricos, Hermandad y compañía, Alkar poderoso, Libertad de testar, Paridad marido-mujer