Una obra escultórica incluye víctimas de campos sociales excluyentes. El caso de la Masacre de Floresta, Buenos Aires (Argentina)
##plugins.themes.bootstrap3.article.main##
##plugins.themes.bootstrap3.article.sidebar##
Publicado
28-02-2017
Alicia Irene Rebollar
Resumen
A fines de diciembre de 2001 mueren tres jóvenes en el barrio porteño de Floresta en un caso de "gatillo fácil", conocido como la Masacre de Floresta. Se convocaron veinticuatro marchas para pedir justicia. Tras lograr la condena al victimario, el barrio se abocó a la construcción de un monumento-homenaje. En esta obra escultórica confluyeron víctimas disímiles: las víctimas del terrorismo de Estado, consagradas en el espacio público, con víctimas de represión estatal en democracia que luchaban por reconocimiento dentro del campo de los derechos humanos como víctimas de inseguridad. ¿Cómo fue posible unir a estas víctimas con visiones diferentes del pasado reciente en un mismo monumento-homenaje? Para dar respuesta a esa pregunta, se recurre al trabajo de campo cualitativo, especialmente entrevistas a los principales actores participantes en el proceso de creación, construcción, emplazamiento e inauguración de la obra escultórica. El análisis se apoya en autores cuyas teorías permiten evitar la naturalización de las categorías utilizadas. Desde una perspectiva procesual y relacional se muestra que, además de la represión estatal, la preeminencia de un punto de vista, entre los varios que integran el campo de los derechos humanos en la Argentina, fue un elemento fundamental para la concreción de una obra escultórica que reunió víctimas jerárquicamente disímiles.
##plugins.themes.bootstrap3.article.details##
Keywords
víctimas, terrorismo de Estado, democracia, monumento-homenaje, derechos humanos
Sección
Artículos de investigación. Monográficos
Los contenidos de Papeles del CEIC se distribuyen bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 3.0 España (CC BY-NC-ND 3.0 ES)
Usted es libre de:
- copiar, distribuir y comunicar públicamente la obra
Bajo las condiciones siguientes:
- Reconocimiento — Debe reconocer los créditos de la obra de la manera especificada por el autor o el licenciador (pero no de una manera que sugiera que tiene su apoyo o apoyan el uso que hace de su obra).
- No comercial — No puede utilizar esta obra para fines comerciales.
- Sin obras derivadas — No se puede alterar, transformar o generar una obra derivada a partir de esta obra.
Entendiendo que:
- Renuncia — Alguna de estas condiciones puede no aplicarse si se obtiene el permiso del titular de los derechos de autor
- Dominio Público — Cuando la obra o alguno de sus elementos se halle en el dominio público según la ley vigente aplicable, esta situación no quedará afectada por la licencia.
- Otros derechos — Los derechos siguientes no quedan afectados por la licencia de ninguna manera:
- Los derechos derivados de usos legítimos u otras limitaciones reconocidas por ley no se ven afectados por lo anterior.
- Los derechos morales del autor;
- Derechos que pueden ostentar otras personas sobre la propia obra o su uso, como por ejemplo derechos de imagen o de privacidad.
- Aviso — Al reutilizar o distribuir la obra, tiene que dejar bien claro los términos de la licencia de esta obra.