Lanbidean jarduteko gizarte-babesari buruzko araudiaren bilakaera, dagokion lanbide-elkargoan alta ematea nahitaezkoa denean
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Laburpena
Beren lanbidean jarduteko elkargo profesional batean sartzea nahitaezkoa zen profesionalak Gizarte Segurantzaren Sistematik kanpo geratzen ziren. Izan ere, LAABean alta emateko baldintza objektibo eta subjektiboekin batera, norberaren konturako langilea bere jarduera kokatuta zegoen erakunde sindikal batean integratuta egotea eskatzen zen. Baldintza hori ezabatu egin zen, baina elkargo profesionalen ordezkariek eskatu behar zuten LAABean sartzea eta ministerio-agindu bidez sartzea, eta Konstituzio Auzitegiak babestu egin zuen jarrera hori.
Egoera horren aurrean, elkargo profesional gehienek beren gizarte-aurreikuspeneko mutualitateak ezarri zituzten.
30/1995 Legera arte ez zen LAABean alta emateko aukerarik izan, Gizarte Aurreikuspeneko Mutualitateetarako erregulazio berriak ezarri ziren, eta banaka aukeratu ahal izan zen LAABean edo Mutualitatean alta eskatzea, bateragarriak izanik, ildo horretan jurisprudentziak bermatzen du.
Profesionalak, bere kontura lan egiteaz gain, besteren kontura ere lan egiten duenean, ondorioak desberdinak dira erretiroaren, pentsioaren bateragarritasunaren eta lanbidean aritzearen kasuan, LAAB edo Mutualitatea aukeratu zuen kontuan hartuta. Eta amatasunaren eta aitatasunaren babesa ere desberdina da, eta mutualitateak eskaintzen duena da prekarioagoa.
Nola aipatu
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