Calificación jurídica del mantenimiento prolongado de relaciones del trabajo en régimen administrativo: los contratos administrativos en Navarra
##plugins.themes.bootstrap3.article.main##
##plugins.themes.bootstrap3.article.sidebar##
Resumen
El presente artículo resuelve sobre la calificación jurídica que merece el mantenimiento prolongado de relaciones del trabajo en régimen administrativo, a partir del caso concreto de las Administraciones Públicas de Navarra. Se explora cómo los órganos jurisdiccionales de Navarra abordaron inicialmente estas situaciones, calificando la prolongación de estas relaciones como fraude de ley laboral hasta la sentencia del Tribunal Supremo de 11 de enero de 2024, que rechazó esa postura. Se diserta sobre las figuras del fraude de ley y el abuso de derecho, ilícitos atípicos llamados a intervenir por ausencia de tipificación de este acto irregular, y se somete a triangulación la calificación que debe otorgarse a este acto a través de la confrontación de tres posibles encajes: fraude de ley laboral, fraude de ley administrativa y el abuso de derecho. Todo a fin de formular una propuesta de sententia ferenda que permita la correcta calificación jurídica del acto de mantener una relación administrativa durante un largo tiempo, abriendo el debate sobre las consecuencias jurídicas apropiadas.
Cómo citar
##plugins.themes.bootstrap3.article.details##
Contrato administrativo, temporalidad en el empleo público, fraude de ley, abuso de derecho, Navarra
ATIENZA, Manuel y RUIZ MANERO, Juan (2000b) “Para una teoría general de los ilícitos atípicos”, Jueces para la democracia, 39.
BELTRÁN DE HEREDIA RUIZ, Ignacio (2024) “La calificación de indefinido no fijo en la encrucijada: reflexiones sobre el abuso en el empleo temporal público a propósito de la STJUE de 22 de febrero de 2024 (C-59/22, C-110/22 y C-159/22)”, Trabajo y Derecho, 117.
CARRASCO PERERA, Ángel (2016) Tratado del abuso de derecho y del fraude de ley, Cizur Menor: Civitas.
CASAS BAAMONDE, María Emilia (2019) “El fraude en la contratación temporal: su duración ‘inusual e injustificadamente larga’ (del contrato de interinidad para la cobertura de vacantes en el sector público y el plazo de tres años del artículo 70 del Estatuto Básico del Empleado Público)”, Revista de jurisprudencia laboral, 3. Disponible en: https://www.boe.es/biblioteca_juridica/anuarios_derecho/articulo.php?id=ANU-L-2019-00000000433
CASTILLO BLANCO, Federico A. (2007) La interpretación y aplicación del Ordenamiento Jurídico Público: especial referencia al abuso del Derecho. Madrid: Instituto Nacional de Administración Pública.
IRUZUBIETA FERNÁNDEZ, Rafael (1989) El abuso del derecho y el fraude de ley en el Derecho del Trabajo, Madrid: Colex.
NEVADO-BATALLA MORENO, Pedro (2021) “La temporalidad en el empleo público como fallo activo en la administración”, Documentación Administrativa, 8. Disponible en: https://doi.org/10.24965/da.i8.11027
MONEREO PÉREZ, José Luis, RODRÍGUEZ ESCANCIANO, Susana y RODRÍGUEZ INIESTA, Guillermo (2024) “Incertidumbres sobre la controvertida categoría jurídica del trabajador indefinido no fijo en el sector público a la luz de los últimos pronunciamientos judiciales”, Revista Crítica de Relaciones de Trabajo, Laborum. 11, 13-34. Disponible en: https://revista.laborum.es/index.php/revreltra/article/view/987
SEMPERE NAVARRO, Antonio Vicente (2021) “Interinidad por vacante de larga duración (Caso IMIDRA)”, Revista de jurisprudencia laboral, 7. Disponible en: https://www.boe.es/biblioteca_juridica/anuarios_derecho/articulo.php?id=ANU-L-2021-00000001359

Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución 4.0.
Los autores que publican en la revista "Lan Harremanak" lo hacen de acuerdo con los siguientes términos:
1. Los autores conservan los derechos de autor de sus trabajos, cediendo a la revista "Lan Harremanak" el derecho a la primera publicación de su artículo.
2. La editorial UPV/EHU Press es copropietaria de los derechos de autor, con el fin de proteger el uso legítimo del artículo publicado y el cumplimiento de los términos CC.
3. Los artículos publicados están sujetos a una licencia CC-BY de Creative Commons (a menos que se indique lo contrario) que permite a terceros compartir el artículo, con la condición de que se especifique el autor y la fuente cuando se reproduce el material.
4. Los autores pueden celebrar otros acuerdos de licencia no exclusivos con respecto a la versión publicada de su trabajo (por ejemplo, depositarlo en un repositorio institucional o volver a publicarlo como un volumen monográfico), siempre que el autor y la fuente reciban el crédito apropiado.
5. La difusión de los artículos enviados a través de Internet está permitida y recomendada (por ejemplo, en repositorios institucionales y/o en la página web del investigador), tanto antes como durante el proceso de envío, ya que esto puede generar diálogos interesantes y también aumentar las citas a la eventual publicación.
https://orcid.org/0009-0004-6984-5260