El consentimiento informado en el marco de la neurotecnología
DOI:
https://doi.org/10.1387/rdgh.28175Palabras clave:
consentimiento informado, neurotecnología, autonomía del paciente, información médica, neuroderechosResumen
La neurotecnología ofrece un potencial terapéutico notable frente a enfermedades graves y discapacidades. Sin embargo, su capacidad para acceder y alterar procesos mentales genera riesgos sobre la intimidad, la integridad y la continuidad psicológica del individuo, lo que ha impulsado el debate sobre los límites que han de imponerse a estas nuevas técnicas. En este marco, no cabe duda de que el consentimiento informado sigue constituyendo el pilar legitimador de toda intervención sanitaria y que se erige como garantía esencial de la autonomía del paciente. Su aplicación en el contexto de la neurotecnología plantea sin embargo retos específicos derivados de la singularidad del cerebro como órgano constitutivo de la identidad personal y de la incertidumbre sobre los efectos de estas técnicas. Es necesario revisar, por tanto, las reglas generales relativas a este principio, tanto en cuanto a sus límites, como en relación con el contenido de la información previa que ha de proporcionarse al paciente, la forma de prestación del consentimiento y las reglas relativas al sujeto legitimado para prestarlo.
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Derechos de autor 2026 Revista de Derecho y Genoma Humano. Genética, Biotecnología y Medicina Avanzada

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