El tratamiento jurídico del discurso del odio a ambos lados del Atlántico: ¿referentes para España?
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Resumen
El presente trabajo trata de comparar el tratamiento jurídico del discurso del odio en Estados Unidos y en el Consejo de Europa. En el primero este tipo de discurso forma parte de la libertad de expresión, la cual goza de unos amplísimos márgenes en este país; por su parte, en el segundo estos discursos pueden ser legítimamente restringidos, lo cual responde al modelo de democracia militante que impera en el Consejo de Europa. Una vez analizados ambos modelos, se analiza en qué medida podrían servir de referencia para el ordenamiento jurídico español.
Cómo citar
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Discurso del odio, Primera Enmienda, Estados Unidos, Consejo de Europa, Democracia militante, Artículo 510
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